Debido a restricción los motociclistas no pueden circular los días jueves, viernes, sábados y domingos entre las 01:00 a.m. y las 05:00 a.m. Según el decreto 0451 de 2019.
A primera horas de este sábado 6 de julio, la Secretaría de Movilidad de Cali realizó operativos de control en la zona Oriente y Oeste de la ciudad. Aplicando la norma tal como lo establece el artículo 5:
A primera horas de este sábado 6 de julio, la Secretaría de Movilidad de Cali realizó operativos de control en la zona Oriente y Oeste de la ciudad. Aplicando la norma tal como lo establece el artículo 5:
«Se prohíbe la circulación de vehículos tipo motocicleta en el horario comprendido entre 01:00 a. m. y las 05:00 a. m. Los días jueves , viernes, sábados y domingo. Salvo excepciones consagradas por la autoridad competente.”
Y se exceptúa la prohibición de este artículo a miembros de organismos de seguridad como Policía, Ejército, INPEC, Agentes de Tránsito, domiciliarios, mensajeros y vigilantes de empresas aprobadas que estén debidamente uniformados y estén acreditados con sus vehículos para laborar.
Así que motociclista que sea sorprendido en este horario, sin el debido permiso, será sancionado según dice la ley.